abril 22, 2026
sesion-15-01-2026

Culiacán, Sin.- En una sesión reciente, el pleno de un órgano jurisdiccional electoral determinó revocar el acuerdo emitido por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que había desechado una queja por considerarla frívola. La decisión implica que el caso deberá ser admitido y analizado a fondo en un nuevo procedimiento.

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De acuerdo con lo expuesto por uno de los magistrados, la mayoría del pleno votó en contra del proyecto original, el cual proponía confirmar la resolución de la Comisión. Ante ello, se ordenó la elaboración de un “engrose”, es decir, una nueva resolución que sustituya el proyecto inicial y contenga los razonamientos de la mayoría.

El magistrado explicó que contará con un plazo de 24 horas para redactar este nuevo documento, en el que se establecerá que la queja no debió ser desechada, ya que existen elementos probatorios suficientes para su análisis.

“La determinación es revocar el acuerdo y ordenar que se admita la queja para que se estudie el fondo del asunto con todas las pruebas disponibles”, señaló.

Cuestionan desechamiento por “frivolidad”

La Comisión Nacional había argumentado que la queja carecía de sustento probatorio y se basaba únicamente en notas periodísticas. Sin embargo, el pleno consideró que dicha conclusión no fue debidamente fundada ni motivada.

Según se explicó, el expediente contiene un “cúmulo importante de pruebas” que, si bien deberán valorarse en el análisis de fondo, son suficientes para descartar la improcedencia por frivolidad.

Asimismo, se indicó que la Comisión omitió aplicar de manera adecuada el artículo 22 de su normativa interna, el cual permite desechar una queja por frivolidad únicamente cuando no existan otras pruebas.

“Se advierte un análisis parcial, pues no se valoró la totalidad del material probatorio”, afirmó el magistrado.

Efectos de la resolución

Además de revocar el acuerdo, el pleno ordenó que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia admita la queja y emita una nueva resolución, esta vez analizando de manera exhaustiva los hechos denunciados y las pruebas presentadas.

Para ello, se estableció un plazo de siete días.

También se resolvió que, al tratarse de dos juicios acumulados, uno de ellos deberá sobreseerse —el más reciente— mientras que el otro continuará vigente para su estudio.

Análisis de fondo, pendiente

El órgano jurisdiccional aclaró que no le corresponde determinar en esta etapa si los hechos denunciados son ciertos o si configuran alguna irregularidad. Esa tarea recaerá en la Comisión, que deberá pronunciarse sobre el fondo del asunto.

Entre los señalamientos de la queja se encuentran presuntos actos anticipados, promoción personalizada y actividades proselitistas, aunque estos puntos aún no han sido analizados formalmente.

“La litis aquí es si se desechó correctamente la queja. Consideramos que no fue así. Ahora corresponde que se estudie de manera completa y seria”, puntualizó el magistrado.

La resolución podrá ser impugnada por las partes involucradas ante instancias superiores, aunque ello dependerá de los intereses jurídicos de quienes decidan recurrirla.

Con esta decisión, el caso regresa a la instancia interna de Morena, que deberá revisar nuevamente el expediente y emitir una determinación debidamente fundamentada.